LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

domingo, 16 de octubre de 2011

Se inicia en la CARRASCA, el TRÁMITE DE AUDIENCIA... (Nigrán).

-Así se encuentra hoy en día...-
Efectivamente, la "Axencia de Protección da Legalidade Urbanística" -APLU-, según resulta del acta de inspección de sus subinspectores adscritos al Servicio provincial de Pontevedra, emitida el 30.03.2011, con relación al EXPEDIENTE DE REPOSICIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA -"Expte: IU2/47/2011-, incoado a un conocido promotor de la zona, por la edificación situada en rúa da Carrasca 23 en la parroquia de Parada, término municipal de Nigrán (Pontevedra), dando por probados los hechos denunciados, quedándoles pendiente, al parecer, comprobar el uso de esas plantas, al no haber podido acceder los subinspectores al interior de la edificación -¿motivo?-.
-El cartel señala vivienda unifamiliar-

Es obvio y palpable, que dicha edifiación no la vivienda unifamiliar que se refleja en el cartel de obra, e incluso en el proyecto presentado para obtener la licencia. Pero, ¿desdecuando se le niega el acceso a una obra, para comprobar una denuncia presentada? ¿Acaso no llevaban copia de la denuncia para entregar al propietario?.
Y así tenemos, como hechos de infracción urbanística, probados y relatados, en ese informe, tales como, que la edificación en cuestión es para "usos residenciales" -no se especifica si son unifamiliares o plurifamiliares-; se permiten DOS PLANTAS (B+1), cuando se constata la existencia de TRES PLANTAS (B+2+a.b.c.), compuesta de planta baja (400 m2), dos plantas altas (300 m2 c/una) y una planta  de aprovechamiento bajo cubierta (300 m2), de la que la APLU desconoce su uso -obviando incluso esos subinspectores que, según las NN/SS de Nigrán, se prohiben expresamente su uso en esa Ordenanza 11 "De edificación extensiva en núcleo rurales tradicionales"-; es decir, estamos hablando de 1.300 m2 de edificabilidad, cuando lo permitido (dando por bueno, que la consolidación núcleo supera el 50%) sería en este caso de 426 m2. ¿Es una vivienda unifamiliar acaso?. ¡¡Obviamente no!!, salvo que se tratase de una vivienda para un jeque árabe con varias esposas e hijos, que no es el caso.
"... Y así estaba cuando se denunció-
Además la altura de esa edificación, medida desde la rasante (víal público al que da frente), hasta el alero de la cubierta es de 9,74 m, cuando lo permitido es de 6,00 m; por tanto, se abre el TRAMITE DE AUDIENCIA, dando paso a la consulta del expediente, obtención de copia del mismo y presentación, de creerlo necesario, de las alegaciones y aportación de doucmentos y justificaciones que se estimen pertinentes. Trámite del que se hará uso, para poder aclarar el uso al que supuestamente iba a ser destinado esa edificación, que no era otro que el de "APARTAMENTOS INDIVIDUALES en ALQUILER", por au proximidad al Polígono Industrial  Porto do Molle. Y llegados aquí, nos preguntamos ¿y los técnicos autores del proyecto y directores de las obras no sabían lo que se estaba maquinando? ¿Es que no habían "visitado" la edificación durante su construcción?. Yo creo que desde el inicio, ya sabían el uso futuro de esa "vivienda unifamiliar", es más, es posible que ya se diseñase de forma y manera que se pudiese posteriormente adaptar a lo que se quería hacer, obviamente.  

jueves, 13 de octubre de 2011

Hubo que ESPERAR, pero al final el restaurante COSTA VERDE... (Oia).


-Los andamios y la grúa, ya se han
instalado-
 Pues si, el restaurante COSTA VERDE, en Villadesuso, en el Ayuntamiento de Oia (Pontevedra), ha comenzado la demolición de la segunda planta de su edificación, construida ilegalmente al sobrepasar las alturas permitidas -pretendían pasarlo por un bajo cubierta-, en base a la denuncia presentada en el Ayuntamiento de Oia, el 23.10.2003; pasando por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, el 15.12.2004 y finalmente por la Fiscalía, el 22.06.2006; transcurriendo nada más y nada menos que OCHO AÑOS...
-empezaron por las tejas...-
Pero finalmente, no le ha quedado otra alternativa que empezar a demoler lo construido ilegalmente. Han sido ocho años de vigilancia -porque la alcaldía y su concejal de urbanismo nada hacían -ni han hecho en todo este tiempo-, para obligar al infractor urbanístico a reponer la legalidad urbanística solicitada. Es más, durante todo este tiempo, se han sucedido varios intentos de proseguir clandestinamente  las obras, presuntamente con la anuencia de las autoridades municipales -obviamente estaban a la vista de todos-, siendo cortadas de raíz mediante nuevas denuncias presentadas.
-Ahí la noticia...-
Y aquí, es más que obvio, hay que culpar a los encargados municipales, alcalde y concejal de urbanismo, cuyas actuaciones han sido de absoluta condescendencia, no sólo por no paralizar esas obras ilegales, sino favoreciendo -ante la  total  pasividad y permisividad ofrecida por esas autoridades-, la posible terminación de la edificación, e instando a sus autores materiales y a los titulares de la propiedad a terminar esta cuanto antes... Es más, incluso se le estuvo "vendiendo" al promotor, por el actual Alcalde, que se le iba a legalizar mediante el nuevo PGOU... ¿Para cuándo estará listo Sr. Alcalde?. ¡Es lo que hay, mal que le pese a algunos!.
Incluso, la Consellería antes mencionada, ante la denuncia presentada, escurrió el bulto e instó en el año 2005 a la Alcaldía de Oia, por ser de su competencia, decía, a adoptar las medidas precisas para la restauración de la legalidad urbanística vulnerada... ¡¡Ni caso, oiga!!. ¡¡Son, o se creen, los dueños y señores del municipio!!. 
Y este, se supone que es el garante de la legalidad en Oia. ¡Vaya futuro!. Y al final, ha tenido que ser -vía la encomiable Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra, adscripción permanente de Vigo-, el Juzgado de Tui, quien decidiese hacer cumplir la Ley... Y además, y de seguido, tendrá que hacerlo también del edificio Boa Vista -pendiente de proyecto de demolición-, situado a escasos metros de éste...   

miércoles, 12 de octubre de 2011

Y en cuanto al Restaurante PACO DURÁN, el Concello... (Bayona)


-Entrada al recinto, por un vial
inexistente legalmente-


-Carecía de licencia para restaurante...
pero ninguna autoridad, a pesar de
haber ido allí, se preocupó de su situación
ilegal -
Pues resulta que con fecha 30.04.2011 por Resolución de la Alcaldía, se ordenó de forma inmediata , paralizar las obras y de la actividad de restaurante desarrollada, las cuales, con relación a las obras no se adaptaron a la licencia otorgada ilegalmente el 10.01.2002 (no tenía frente a vial público), y en cuantoa la actividad de restaurante carecía de licencia municipal y por tanto de la preceptiva autorización autonómica, al estar ubicada esa edificación en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 9) del vigente PGOU de Bayona -aprobado definitivamente el 03.08.94-, INCOÁNDOSELE el correspondiente expediente de reposición de la legalidad urbanística, procediendo en fecha 0.05.2009 su remisión a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (CMATI).
-No está nada mal, la edificabilidad
realizada, pero...-
Hubo que seguir insistiendo, 8.09.2011, para que el Concello se diese por aludido, en cuanto a que se seguía ejerciendo la actividad, y el mismo policía local en fecha 27.09.2011, corrobora tales hechos. Pero...
lo que ya no encaja, es que, según el Concello, "en el expediente no consta notificación de la Agencia de protección da Legalidade de ningún acto administrativo". ¿Es posible tal mamoneo?. Por lo que se está viendo, en otros casos, no estraña tales actitudes, de quienes dicen ser los "vigilantes"... del urbanismo gallego.

-Así se encontraba el acceso en
fecha 08.05.2003-
Es más, es que en ningún momento, la Alcaldía de Bayona menciona que dicha edificación, en el mmento de otorgarle esa licencia para vivienda unifamiliar el 10.01.2002 -como las dos restantes que están ubicadas en el mismo lugar que ésta-, no tenía frente a vial público, como era preceptivo, era como mucho un camino de servidumbre.  Pues bien. Ahora, con esta nueva resolución de la Alcaldía (4.10.2011), y al amparo del artículo 214 de la LOUG, se RESUELVE:
Primero.- Ordenar a los propietarios a la paralización inmediata de la actividad de restaurante, que se está desarrollando en Fontes-Bahiña, por carecer de la preceptiva icencia municipal.
Segundo.- Notificar a los interesados en el expediente.
Tercero.- Dar traslado de este acuerdo a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU), en quien recaen las competencias en ese tipo de suelo.
-Ahora y de forma ilegal, aperturan
ese vial, no contemplado en el
vigente planeamiento-
Pero ya verán, como aquí no acaba la cosa -a día de hoy sigue ejerciendo la actividad-, sino que se seguirá pretendiendo hacer el "paripé" -instituciones promotor, promotor instituciones-, con el ánimo de no tocar a ciertos personajes conocidos. Al tiempo.
¡Habrá que reiterar a la APLU el estado del procedimiento!, puesto que esta denuncia se interpuso ante ese organismo público, nada más y nada menos que el 7.10.2008... Y a día de hoy 11.10.201l, seguimos esperando una contestación o resolución por parte de quienes, se suponen, son los que deben vigilar por el cumplimiento de la legislación urbanística. Eso dicen, claro. ¿Tal vez, se aplica o se pretende aplicar, el doble rasero en las infracciones urbanísticas?. Señores, esto empieza a oler a chamusquina... nunca mejor dicho porque tenemos en estos quehaceres a los paradigmáticos -a nivel estatal-, "bomberos urbanísticos gallegos"...