LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

sábado, 31 de mayo de 2014

Una INCREÍBLE, PERSISTENTE y PELIGROSA, DEJACIÓN e INACCIÓN MUNICIPAL... (Vigo).

-Complejo recreativo y de restauración ilegal-
Porque estamos hablando de una antigua instalación de apertura de una Sala de Fiestas denominada MIMBRES-PUB y MIMBRES-PARK, a situar en el antiguo "RIOMAR", en Samil-Puente, sn, en Vigo (Pontevedra), cuya solicitud de apertura data del 21.09.1983 y constando el local de una superficie cerrada de 344,00 m2, sobre una parcela 1.403,00 m2, a la que se le otorga en fecha 06.12.1983, LICENCIA EN PRECARIO SIN INDEMNIZACIÓN EN CASO DE EXPROPIACIÓN DEL INMUBLE POR RAZONES URBANÍSTICAS, al encontrarse ubicado, en una ZONA VERDE de la "Zona 13A del Plan Parcial de Canido-Corujo-Norte -en suelo no urbanizble 1 y dentro de la  zona de servidumbre de costas-, por  lo  que, lo  solicitado  en  su día  no  se  podía  haber  concedido, al  estar  prohibida  toda
-La ocupación de la parcela es del 100%- 
instalación de uso industrial o mercantil. Así estuvo funcionando con la problemática de molestias al vecindario durante todos estos años, quienes se han pasado años y años denunciando tales tropelías, sin que por el Ayuntamiento de Vigo/Gerencia de Urbanismo -gobernado por todos y cada uno de los partidos políticos habidos y por haber-, se hubiera adoptado medida alguna. ¿Quien o quienes, han estado, o están en estos momentos, ocultando y/o paralizando las denuncias presentadas?.
Pero a partir de esto, por medio unos constantes "cambios de titularidad", se han estado instalando nuevas instalaciones, cambiando usos, aprovechando los cambios de titularidad (aunque siempre era el mismo titular, sólo se cambiaba de sociedad), y en cada uno de esos cambios, se aprovechaba para ir ampliando las iniciales  edificaciones existentes en esa  parcela, cuando en la solicitud constaba "sin que sea 
-Frente de la Sala Olimpo Samil-
preciso realizar obras en el local", y entre los que recordamos, "Café-Bar y Sala de Fiestas", "Vamos a Publicidad", "Café-bar y Sala de Fiestas Samil", y ahora "Sala Olimpo Samil y Asador Fado Samil (antes Asador La Carpa)", a pesar de que, en dichos trámites de cambio de titularidad, se les advertía de que la supuesta "licencia", estaba condicionada al contenido de la otorgada en 1983, no permitiéndose cambios de actividades ni de superficie construida. Sin embargo, durante todos estos años, se han estado permitiendo, como ya hemos comentado, que poco a poco, esa parcela de 1.403,00 m2, con una ocupación del 24,52% (antiguo Riomar), fuese siendo reformada con el beneplácito del Ayuntamiento -bueno, de sus responsables-, llegando actualmente a una ocupación cubierta del 100%, tal como se observa en estos momentos, según el vuelo de Google-Earth del año 2013...
-La acera virtual está siempre obstruida por vehículos y contenedores-
Con fecha 23.01.2014 (DOC. 140008948), se solicitó, del Presidente de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo -o sea el Alcalde-, dia para poder llevar a cabo la consulta de los supuestos expedientes administrativos, obrantes en los archivos municipales, relacionados con todas y cada una de las instalaciones que se han estado realizando en esa parcela. Recibiendo como contestación, que "no encontraban los expedientes en los archivos" -¿seguro?-; por lo que, ante tal manifestación "pasamos", y se interpone, con fecha 20.03.2014 (DOC. 140034200), la correspondiente denuncia por dejación  de  funciones continuada, por permitir actividades y usos prohibidos, careciendo de la previa y preceptiva licencia municipal, de imposible otorgamiento en  estos momentos, encontrándose  ubicada esa  parcela  en terrenos  calificados  dentro  del
-La salida de aire viciado al paseo peatonal-
Ámbito y Planeamiento Remitido (A-2-15), que para su desarrollo está necesitado de un previo y preceptivo Plan Especial de Reforma Interior (PERI) que, en este caso, brilla por su ausencia. Y nos preguntamos. ¿Qué tiene que ocurrir en este país, para que los responsables políticos municipales, entre otros claro, adopten aquellas medidas de paralización y posterior reposición de la legalidad urbanística?... ¿Es que no fue suficiente lo ocurrido en el Madrid Arena?. No cabe la menor duda que estamos ante una infracción muy grave... e irresponsable. ¿Hay quién de más?.
¡Ah!. Y no se pierdan como se les permite invadir la acera virtual con los contenedores de basuras e incluso aparcamiento de vehículos, con el peligro de tener que ir los viandantes por la misma calle, con la posibilidad de sufrir un accidente.
O bien como se les ha estado permitiendo, expulsar el aire viciado al paseo peatonal "ecológico" existente, lo cual es posible que pueda ser hasta perjudicial para la salud pública. ¿Cómo se puede estar infringiendo tanto sin responsabilidades municipales?.
ULTIMAS NOTICIAS... La Vicepresidenta de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo, por delegación del Alcalde-Presidente de la misma (Resolución 08.02.2013), el día 22.05.2014, adoptó la siguiente Resolución:
"RESOLUCIÓN DE ORDEN PROVISIONAL DE CESE DE ACTIVIDAD E INICIO DE PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA". Cuyo contenido literalmente dice:
PRIMERO.- Ordenar a los respnsables de la Sala de fiestas Olimpo Samil y Asador La Carpa el cese de la actividad de restaurante-asador y discoteca que venían desarrollando en el local cituado en la Avda. de Samil 101, en las parcelas con referencias catastrales 54057A12000092 (parcela 1) y 54057A12000091 (parcela 2), sin disponer de los preceptivos títulos habilitantes y demás autorizaciones sectoriales, con apercibimiento de que de no cumplir la presenta orden en el plazo de veinticuatro horas, contado a partir de la recepción de la presente resolución, se procederá por este Concello a la adopción de las siguientes medidas: 1) Precintado del establecimiento. 2) Imposición de multas coercitivas de 600 a 6000 € hasta lograr el cumplimiento de la orden cautelar de cese de actividad, al amparo del artículo 209.2.d) de la LOUG. 3) Comunicar el citado incumplimiento al Ministerio Fiscal por posible ilícito de desabediencia regulado en el artículo 556 del Código Penal. 4) Ordenar la suspensión de suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones del establecimiento.
SEGUNDO.- Disponer la vigilancia periódica por parte de la inspección municipal de urbanismo y, en su caso, por la Policía Local del cumplimiento de la orden de paralización de la actividad.
TERCERO.- El cese de actividad deberá mantenerse, en el caso de que las obras y la actividad fuesen legalizables, hasta el otorgamiento de las oportunas licencias o presentación de las comunicaciones previas, junta con las autorizaciones sectoriales precisas. En el caso de que no fuesen legalizables, se ordenará la demolición de las obras y el cese definitivo de las actividades en la resolución que ponga fin al procedimiento.
CUARTO.- Dar traslado del presente expediente a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística de la Xunta de Galicia toda vez que le corresponde la potestad sancionadora, de restitución y reposición de la legalidad en zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre consecuentemente a lo dispuesto en el decreto 213/2007, de 31 de novembro, por el que se aprueban sus estatutos (modificado por el decreto 450/2009) y a lo establecido en la Ley 22/1988, del 28 de Julio, de Costas...
ÚLTIMAS NOTICIAS: La denuncia interpuesta ante la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Vigo en data 20.03.2014, dio sus frutos, puesto que desde el 31.05.2014, en esas instalaciones ya no hubo actividad alguna. Lo que representa la tranquilidad de los vecinos, después de tantos años de aguantar lo inaguantable.